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España ya tiene una Ley de Startups ¿y ahora qué?

Diez días después de que la Ley de  Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, conocida como Ley de startups, haya entrado en vigor, algunas cosas han cambiado.

Entre las novedades que ha traído consigo cabe destacar el consenso, porque en un momento en el que cualquier decisión es susceptible de generar polarización, organizaciones como  Adigital,  AES o Spaincap  han remado en la misma dirección: la de contribuir a la redacción final del texto.

Pero ¿qué ha cambiado de verdad con la entrada en vigor del nuevo texto legislativo? En primer lugar, la definición misma de startup. Esta pasa a ser ahora una empresa que no supere los 5 años de vida, son 7 para determinados sectores; que no cotice en bolsa; con sede en territorio nacional; con el 60% de la plantilla contratada en España; y con un volumen de negocio inferior a 10 M€. Pero ojo, para acogerse a las ventajas previstas en la Ley, también deberá acreditar su “carácter innovador” y su escalabilidad a través de una serie de criterios. ¿Y quién valorará éstos? Lo hará la empresa estatal de innovación ENISA, gratuitamente y en un plazo máximo de tres meses. Y aunque el proceso de acreditación como startup está pendiente de la aprobación de una orden ministerial, ya se conocen los criterios que se van a aplicar.

Entre ellos,  haber recibido financiación pública en los últimos tres años, sin haber sufrido revocación por incorrecta o insuficiente ejecución de la actividad financiada; haber invertido en desarrollo e innovación tecnológica, la generación de tracción, estrategias de captación de usuarios o clientes, la implementación de prototipos y la obtención de un producto mínimo viable o la puesta en mercado del servicio. ENISA considerará la escalabilidad del número de usuarios, del número de operaciones o de la facturación anual, la existencia de empresas competidoras en su ámbito o sector de actividad y la diferenciación respecto de las mismas, la experiencia, formación y trayectoria del equipo que componga la empresa y  las relaciones con otros operadores económicos así como el volumen de clientes o usuarios de la empresa.

Los autónomos no podrán acreditarse pero sí las cooperativas que cumplan con los requisitos de empresa emergente

Las compañías que obtengan el certificado como startup tendrán acceso a  ventajas y de medidas en materia fiscal, laboral, económica y social. Por ejemplo, la la reducción del tipo impositivo en el impuesto de sociedades (del 25% al 15%). Además, amplía también la base máxima de deducción por inversión en empresas de reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros anuales) y eleva la deducción para los business angels del 30 al 50%. También contempla facilidades para la atracción de talento, como la obtención del permiso de trabajo de dos años para profesionales internacionales una vez hayan terminado sus estudios, Además, fomenta la creación de sandboxes, permitiendo probar la innovación de las startups durante un año, en un entorno controlado, para evaluar la utilidad, viabilidad y el impacto de innovaciones tecnológicas, y fomenta la compra pública innovadora.

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